Con la reforma fiscal que ha aprobado el Gobierno, una cosa es segura: ya no pagaremos lo mismo. Los nuevos impuestos afectarán a la declaración de la renta que haremos en 2015. Los planes de pensiones, que suelen ser productos de inversión para reducir la factura fiscal de los contribuyentes, seguirán contando con esa característica, pero influirán en la declaración de la renta en menor medida.
Los 4 puntos destacados de la reforma en los planes de pensiones
1) A partir de este 2015, Hacienda reduce la aportación máxima a planes de pensiones que goza de ventaja fiscal, y que pasa de 10.000 euros anuales –12.500 a partir de los 50 años– a 8.000 euros. Los importes que se podrán deducir en la base Imponible del IRPF serán: la cantidad menor de 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo más actividades económicas.
“Hacienda reduce la aportación máxima a planes de pensiones que goza de ventaja fiscal”
Estas aportaciones a planes de pensiones suponían reducciones en la base imponible y, por lo tanto, el efecto fiscal dependía del tipo soportado por cada contribuyente: cuanto más ganaba (y mayor era el tipo), más beneficio fiscal tenía. La reducción de estos límites pondrá coto a las aportaciones por parte de rentas más altas.
2) Las aportaciones a planes de pensiones a favor del cónyuge pasan de 2.000 € a 2.500 € como máximo, con derecho a reducción en la base imponible del aportante por las aportaciones a sistemas de previsión social complementaria a favor del cónyuge (siempre y cuando los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas sean inferiores a 8.000 € anuales).
3) Cambia el régimen transitorio de la reducción del 40% aplicable a las prestaciones de planes de pensiones percibidas en forma de capital:
- Contingencias a partir del 1 de enero de 2015: Se podrá aplicar la reducción del 40% en las contigencias cuando se solicite el cobro de la prestación en el mismo ejercicio en que se produzca la contingencia o en los dos siguientes.
- Contingencias de antes del 1 de enero de 2015: por un lado, para las contigencias entre los ejercicios 2011-2014, la reducción del 40% se podrá aplicar a las prestaciones percibidas hasta el octavo ejercicio siguiente a aquel en el que se produjo la contingencia. Por otro lado, para las contingencias en 2010 o anteriores, la reducción del 40% se podrá aplicar a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018.
4) Hacienda introduce, además, otra modificación que puede estimular la aportación a planes de pensiones por parte de rentas medias: se podrán rescatar los planes a los 10 años sin penalización fiscal. El cambio permite dedicar dinero al plan de pensiones sin necesidad de inmovilizar el ahorro hasta la edad de jubilación y abre la puerta de los planes a contribuyentes más jóvenes de rentas medias, que suelen ser más reticentes ahora a aparcar dinero durante dos o tres décadas.
“Se podrán rescatar los planes a los 10 años sin penalización fiscal”
Sin embargo, no tendríamos que olvidar que para construir nuestro ahorro hay que tener una visión a largo plazo, por ejemplo a 30 años, es así como desde la tranquilidad lo veremos crecer y podremos disfrutar de la segunda juventud.